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Trámites ante SETENA

Formulario D1-C SETENA para Proyectos en Áreas Ambientalmente Frágiles

El D1-C es una ruta de evaluación ambiental para actividades, obras o proyectos de bajo impacto que se encuentran dentro del umbral de categoría C y se ubican en un Área Ambientalmente Frágil. Revisamos el proyecto, su ubicación y la información ambiental necesaria para preparar correctamente el trámite ante SETENA.

Categoría C Proyecto dentro del umbral de bajo impacto correspondiente
Área Ambientalmente Frágil La ubicación del proyecto activa una evaluación específica
SETENA Preparación y gestión del expediente ambiental
Punto de partida

El D1-C corresponde cuando se cumplen tres condiciones

No todo proyecto pequeño requiere D1-C y tampoco basta con encontrarse dentro de un Área Ambientalmente Frágil. La ruta se determina combinando el tipo de actividad, su umbral y la ubicación del proyecto.

01

Bajo impacto ambiental

La actividad, obra o proyecto debe corresponder a una categoría de bajo impacto ambiental según la clasificación establecida por el Reglamento.

02

Umbral categoría C

El proyecto debe encontrarse dentro del rango o umbral definido para categoría C según la actividad correspondiente en el Anexo 1.

03

Área Ambientalmente Frágil

El Área del Proyecto debe ubicarse dentro de una condición reconocida como Área Ambientalmente Frágil conforme al artículo 98 del Decreto Ejecutivo N.° 43898.

Las tres condiciones deben analizarse conjuntamente. La superficie de construcción por sí sola no determina el formulario. Primero debemos identificar correctamente la actividad, revisar el umbral aplicable y comprobar las condiciones ambientales de la ubicación.
Ubicación ambiental

¿Qué puede hacer que un terreno sea considerado ambientalmente frágil?

El Reglamento reconoce como Áreas Ambientalmente Frágiles espacios sujetos a regímenes especiales de protección y territorios que presentan determinadas condiciones ambientales o limitaciones para su uso.

01
Áreas protegidas Parques nacionales, refugios, reservas, zonas protectoras y otros espacios contemplados por la normativa ambiental.
02
Humedales y cuerpos de agua Humedales, cursos de agua naturales y otras condiciones relacionadas con el recurso hídrico superficial.
03
Áreas de protección Sectores asociados a ríos, quebradas, cuerpos de agua, nacientes y manantiales según la normativa aplicable.
04
Zona Marítimo Terrestre Proyectos localizados dentro de sectores comprendidos por la Zona Marítimo Terrestre requieren revisar las condiciones y regulaciones aplicables.
05
Bosque y recarga acuífera Áreas con cobertura boscosa y zonas de recarga acuífera definidas o reconocidas por las autoridades correspondientes.
06
Patrimonio Áreas con recursos arqueológicos, arquitectónicos, científicos o culturales reconocidos oficialmente.
07
Amenazas naturales Áreas con condiciones de susceptibilidad a amenazas naturales que requieren consideración dentro de la evaluación ambiental.
08
Territorios indígenas Los territorios indígenas también forman parte de las condiciones contempladas dentro de las Áreas Ambientalmente Frágiles.
Importante

Estar en un Área Ambientalmente Frágil no significa automáticamente que el proyecto esté prohibido

La condición debe analizarse junto con las características de la actividad, su ubicación exacta y las regulaciones específicas que correspondan.

Algunas áreas poseen restricciones legales propias, mientras que otras requieren identificar, evaluar y gestionar adecuadamente las condiciones ambientales presentes antes de definir la ruta de evaluación del proyecto.

Antes del formulario

Primero confirmamos que D1-C sea realmente la ruta correcta

Antes de preparar el expediente conviene verificar la clasificación del proyecto y las condiciones ambientales de la propiedad para evitar iniciar un trámite que no corresponde.

Actividad

Clasificamos el proyecto

Revisamos la naturaleza de la actividad y su clasificación para identificar el umbral ambiental que le corresponde.

Ubicación

Revisamos el Área del Proyecto

Localizamos correctamente la propiedad y el área donde se desarrollarán las obras para analizar su relación con las condiciones ambientales aplicables.

Ruta

Confirmamos el trámite

Con la actividad, el umbral y la ubicación definidos, determinamos si corresponde D1-C o si el proyecto debe seguir otra ruta de evaluación ambiental.

Preparación del expediente

¿Qué información se necesita para preparar un D1-C?

La información exacta depende del proyecto, pero el expediente combina datos legales, registrales, territoriales y ambientales que deben mantenerse consistentes entre sí.

Datos del desarrollador Persona física o jurídica, representante legal y datos oficiales de contacto y notificación.
Información de la propiedad Número de finca, plano catastrado y autorizaciones cuando el desarrollador no sea propietario.
Descripción del proyecto Actividad propuesta, dimensiones, área de proyecto y demás características relevantes.
Ubicación y georreferenciación Localización espacial consistente de la propiedad y del Área del Proyecto.
Caracterización ambiental Información relacionada con recursos, condiciones del sitio, impactos potenciales y otros aspectos ambientales relevantes.
Consultor ambiental Participación del consultor ambiental inscrito y vigente ante SETENA conforme al procedimiento aplicable.
Documentos complementarios Autorizaciones, poderes, criterios institucionales u otros antecedentes cuando el caso los requiera.
Firma y presentación digital Preparación de los documentos para su ingreso mediante los mecanismos digitales establecidos por SETENA.
La consistencia espacial es especialmente importante. La guía de SETENA establece que la georreferenciación debe utilizar CRTM05 o la proyección cartográfica oficial vigente y que la información técnica debe corresponder a la misma Área de Estudio.
Gestión integral

Preparamos el D1-C desde la ubicación del proyecto hasta su presentación

Diagnóstico

Revisamos la ruta ambiental

Verificamos actividad, umbral, Área del Proyecto y condiciones ambientalmente frágiles antes de iniciar el expediente.

Preparación

Integramos la información

Organizamos los datos registrales, cartográficos, ambientales y técnicos necesarios para completar la gestión.

Trámite

Acompañamos la presentación

Preparamos el expediente para su ingreso ante SETENA y atendemos técnicamente el proceso dentro del alcance contratado.

Paso a paso

Del análisis inicial a la resolución de SETENA

01

Revisamos el proyecto

Identificamos actividad, dimensiones, propiedad, ubicación y etapa del proyecto.

02

Confirmamos D1-C

Verificamos categoría C, umbral y relación con Áreas Ambientalmente Frágiles.

03

Preparamos información

Organizamos los componentes registrales, cartográficos y ambientales del expediente.

04

Completamos la gestión

Incorporamos la información requerida en la Plataforma Digital y preparamos los documentos correspondientes.

05

Revisión SETENA

SETENA verifica técnicamente el expediente y puede emitir criterio o solicitar información adicional.

06

Resolución

El procedimiento concluye con la resolución administrativa y su notificación por los medios establecidos.

El Reglamento establece un plazo máximo de resolución para el D1-C, pero una prevención de información suspende el plazo de revisión. Por esta razón, preparar un expediente consistente desde el inicio sigue siendo importante aunque se trate de una ruta simplificada.
Elegir correctamente

¿D1-C o Formulario D1?

Son rutas distintas dentro de la evaluación ambiental. La elección no debe hacerse únicamente por el tamaño del proyecto.

D1-C

Proyecto categoría C dentro de un AAF

Corresponde cuando el proyecto cumple simultáneamente las condiciones de bajo impacto, umbral categoría C y ubicación dentro de un Área Ambientalmente Frágil.

D1

Otra ruta de evaluación ambiental

Cuando la actividad o sus dimensiones superan el umbral aplicable al D1-C, o su clasificación requiere otra ruta, debe evaluarse el ingreso mediante D1 y el instrumento ambiental correspondiente.

Antes de escoger un formulario debemos clasificar el proyecto. Una revisión inicial puede evitar preparar documentación para una ruta que posteriormente SETENA determine que no corresponde.
Marco institucional

Evaluación ambiental ante SETENA

El Formulario D1-C forma parte del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental administrado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.

Secretaría Técnica Nacional Ambiental

SETENA

El D1-C forma parte del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental

SETENA revisa la clasificación de la actividad, la información presentada y la relación del Área del Proyecto con las condiciones ambientalmente frágiles aplicables antes de emitir la resolución correspondiente.

Por esta razón, la preparación del expediente debe mantener coherencia entre la actividad propuesta, las dimensiones del proyecto, la propiedad, la georreferenciación y la información ambiental aportada.

La decisión final corresponde a SETENA. Nuestro trabajo consiste en preparar y sustentar técnicamente la información requerida para que el expediente represente correctamente las características del proyecto y del sitio.
Base normativa principal

Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental

El Formulario D1-C se encuentra regulado principalmente por el Decreto Ejecutivo N.° 43898-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, incluyendo las disposiciones relacionadas con el D1-C, las Áreas Ambientalmente Frágiles y los anexos aplicables al procedimiento.

Preguntas frecuentes

Formulario D1-C y Áreas Ambientalmente Frágiles

¿Todo proyecto ubicado en un Área Ambientalmente Frágil necesita D1-C?

No. Para el D1-C deben cumplirse conjuntamente las condiciones establecidas por el Reglamento: bajo impacto ambiental, umbral categoría C y ubicación dentro de un AAF.

¿Un Área Ambientalmente Frágil significa que no puedo desarrollar el terreno?

No necesariamente. Algunas áreas poseen restricciones específicas, mientras que en otros casos la condición requiere identificar las limitaciones ambientales y considerarlas en el proyecto.

¿El tamaño de la construcción determina automáticamente que sea D1-C?

No. Los umbrales dependen de la actividad y de su clasificación. Por eso debe revisarse el Anexo 1 y la ubicación del proyecto antes de definir el formulario.

¿Se necesita un consultor ambiental para presentar un D1-C?

Sí. El Decreto N.° 43898 establece la participación de un consultor ambiental inscrito ante SETENA junto con el desarrollador para la presentación del D1-C.

¿SETENA puede pedir información adicional?

Sí. La normativa permite solicitar información faltante o aclaraciones cuando corresponda durante la revisión del expediente.

¿Qué necesito enviar a Geo Costa Rica para comenzar?

Como punto de partida son útiles el plano catastrado, ubicación de la propiedad, descripción de la actividad, dimensiones preliminares del proyecto y cualquier antecedente ambiental disponible.

Formulario D1-C · SETENA

¿Su proyecto necesita un D1-C?

Revisamos la actividad, sus dimensiones, la ubicación de la propiedad y las condiciones ambientalmente frágiles para identificar la ruta de evaluación ambiental adecuada.

Geo Costa Rica

Revisemos su proyecto

Envíenos el plano catastrado, la ubicación y una descripción básica de lo que desea desarrollar. Con esa información podemos comenzar a revisar cuál trámite ambiental corresponde.