El D1-C es una ruta de evaluación ambiental para actividades, obras o proyectos de bajo impacto que se encuentran dentro del umbral de categoría C y se ubican en un Área Ambientalmente Frágil. Revisamos el proyecto, su ubicación y la información ambiental necesaria para preparar correctamente el trámite ante SETENA.
El D1-C corresponde cuando se cumplen tres condiciones
No todo proyecto pequeño requiere D1-C y tampoco basta con encontrarse dentro de un Área Ambientalmente Frágil. La ruta se determina combinando el tipo de actividad, su umbral y la ubicación del proyecto.
Bajo impacto ambiental
La actividad, obra o proyecto debe corresponder a una categoría de bajo impacto ambiental según la clasificación establecida por el Reglamento.
Umbral categoría C
El proyecto debe encontrarse dentro del rango o umbral definido para categoría C según la actividad correspondiente en el Anexo 1.
Área Ambientalmente Frágil
El Área del Proyecto debe ubicarse dentro de una condición reconocida como Área Ambientalmente Frágil conforme al artículo 98 del Decreto Ejecutivo N.° 43898.
¿Qué puede hacer que un terreno sea considerado ambientalmente frágil?
El Reglamento reconoce como Áreas Ambientalmente Frágiles espacios sujetos a regímenes especiales de protección y territorios que presentan determinadas condiciones ambientales o limitaciones para su uso.
Estar en un Área Ambientalmente Frágil no significa automáticamente que el proyecto esté prohibido
La condición debe analizarse junto con las características de la actividad, su ubicación exacta y las regulaciones específicas que correspondan.
Algunas áreas poseen restricciones legales propias, mientras que otras requieren identificar, evaluar y gestionar adecuadamente las condiciones ambientales presentes antes de definir la ruta de evaluación del proyecto.
Primero confirmamos que D1-C sea realmente la ruta correcta
Antes de preparar el expediente conviene verificar la clasificación del proyecto y las condiciones ambientales de la propiedad para evitar iniciar un trámite que no corresponde.
Clasificamos el proyecto
Revisamos la naturaleza de la actividad y su clasificación para identificar el umbral ambiental que le corresponde.
Revisamos el Área del Proyecto
Localizamos correctamente la propiedad y el área donde se desarrollarán las obras para analizar su relación con las condiciones ambientales aplicables.
Confirmamos el trámite
Con la actividad, el umbral y la ubicación definidos, determinamos si corresponde D1-C o si el proyecto debe seguir otra ruta de evaluación ambiental.
¿Qué información se necesita para preparar un D1-C?
La información exacta depende del proyecto, pero el expediente combina datos legales, registrales, territoriales y ambientales que deben mantenerse consistentes entre sí.
Preparamos el D1-C desde la ubicación del proyecto hasta su presentación
Revisamos la ruta ambiental
Verificamos actividad, umbral, Área del Proyecto y condiciones ambientalmente frágiles antes de iniciar el expediente.
Integramos la información
Organizamos los datos registrales, cartográficos, ambientales y técnicos necesarios para completar la gestión.
Acompañamos la presentación
Preparamos el expediente para su ingreso ante SETENA y atendemos técnicamente el proceso dentro del alcance contratado.
Del análisis inicial a la resolución de SETENA
Revisamos el proyecto
Identificamos actividad, dimensiones, propiedad, ubicación y etapa del proyecto.
Confirmamos D1-C
Verificamos categoría C, umbral y relación con Áreas Ambientalmente Frágiles.
Preparamos información
Organizamos los componentes registrales, cartográficos y ambientales del expediente.
Completamos la gestión
Incorporamos la información requerida en la Plataforma Digital y preparamos los documentos correspondientes.
Revisión SETENA
SETENA verifica técnicamente el expediente y puede emitir criterio o solicitar información adicional.
Resolución
El procedimiento concluye con la resolución administrativa y su notificación por los medios establecidos.
¿D1-C o Formulario D1?
Son rutas distintas dentro de la evaluación ambiental. La elección no debe hacerse únicamente por el tamaño del proyecto.
Proyecto categoría C dentro de un AAF
Corresponde cuando el proyecto cumple simultáneamente las condiciones de bajo impacto, umbral categoría C y ubicación dentro de un Área Ambientalmente Frágil.
Otra ruta de evaluación ambiental
Cuando la actividad o sus dimensiones superan el umbral aplicable al D1-C, o su clasificación requiere otra ruta, debe evaluarse el ingreso mediante D1 y el instrumento ambiental correspondiente.
Evaluación ambiental ante SETENA
El Formulario D1-C forma parte del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental administrado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.
Secretaría Técnica Nacional Ambiental
SETENA
El D1-C forma parte del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental
SETENA revisa la clasificación de la actividad, la información presentada y la relación del Área del Proyecto con las condiciones ambientalmente frágiles aplicables antes de emitir la resolución correspondiente.
Por esta razón, la preparación del expediente debe mantener coherencia entre la actividad propuesta, las dimensiones del proyecto, la propiedad, la georreferenciación y la información ambiental aportada.
Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental
El Formulario D1-C se encuentra regulado principalmente por el Decreto Ejecutivo N.° 43898-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, incluyendo las disposiciones relacionadas con el D1-C, las Áreas Ambientalmente Frágiles y los anexos aplicables al procedimiento.
Formulario D1-C y Áreas Ambientalmente Frágiles
¿Todo proyecto ubicado en un Área Ambientalmente Frágil necesita D1-C?
No. Para el D1-C deben cumplirse conjuntamente las condiciones establecidas por el Reglamento: bajo impacto ambiental, umbral categoría C y ubicación dentro de un AAF.
¿Un Área Ambientalmente Frágil significa que no puedo desarrollar el terreno?
No necesariamente. Algunas áreas poseen restricciones específicas, mientras que en otros casos la condición requiere identificar las limitaciones ambientales y considerarlas en el proyecto.
¿El tamaño de la construcción determina automáticamente que sea D1-C?
No. Los umbrales dependen de la actividad y de su clasificación. Por eso debe revisarse el Anexo 1 y la ubicación del proyecto antes de definir el formulario.
¿Se necesita un consultor ambiental para presentar un D1-C?
Sí. El Decreto N.° 43898 establece la participación de un consultor ambiental inscrito ante SETENA junto con el desarrollador para la presentación del D1-C.
¿SETENA puede pedir información adicional?
Sí. La normativa permite solicitar información faltante o aclaraciones cuando corresponda durante la revisión del expediente.
¿Qué necesito enviar a Geo Costa Rica para comenzar?
Como punto de partida son útiles el plano catastrado, ubicación de la propiedad, descripción de la actividad, dimensiones preliminares del proyecto y cualquier antecedente ambiental disponible.
¿Su proyecto necesita un D1-C?
Revisamos la actividad, sus dimensiones, la ubicación de la propiedad y las condiciones ambientalmente frágiles para identificar la ruta de evaluación ambiental adecuada.
Revisemos su proyecto
Envíenos el plano catastrado, la ubicación y una descripción básica de lo que desea desarrollar. Con esa información podemos comenzar a revisar cuál trámite ambiental corresponde.

